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1 - VFR - Visual Flight Rules (Reglas de Vuelo Visual):

a) Condiciones Meteorológicas Visuales - VMC (llamadas también condiciones VFR ):

Los vuelos VFR no están autorizados, si las condiciones meteorológicas no son al menos iguales a las especificadas en el cuadro de abajo, conocidas como VMC (condiciones meteorológicas visuales). Estos son el estándar de OACI, reglas generales VMC. Póngase en contacto con su división para una información detallada sobre su país.


Espacios aéreos controlados

Espacios aéreos no controlados

Espacio aéreo clase

B-C-D-E (4)

F-G

Por encima de S (1) A o por debajo de S (1)

Distancia a las nubes

1500 m / 3 SM horizontalmente

1000 ft verticalmente (2)

Libre de nubes y contacto visual con el terreno

Visibilidad (en vuelo)

8 km / 5 SM a y por encima de FL 100 o 10 000 ft

5 km / 3 SM por debajo de FL 100 o 10 000 ft

5 km / 3 SM (3)



(1) El más alto de 1000ft ASFC o 3000ft AMSL, a menudo llamado "S", superficie.
(2) Por lo que la mínima distancia del suelo en VFR es 500ft, se necesita al menos un techo de 1500ft, para poder permanecer a un mínimo de 1000ft por debajo de las nubes.
(3) Puede ser menos de 5 KM/3 SM, pero mas de 1500 m / 1 SM según reglas nacionales (mirar en su país). También para helicópteros solamente, la visibilidad puede ser menos de 1500 m / 1 SM.
Para vuelos nocturnos VFR, las condiciones VMC están por lo general ligeramente mas altos que los de día.
Algunos países tienen VMCs diferentes, según la velocidad del avión y según el tipo de espacio aéreo.

(4) VFR está prohibido en espacio aéreo de clase A


Algunos países tienen diferentes VMCs. Particularmente, algunos definen las condiciones VMC de acuerdo con la velocidad del avión y de acuerdo con el tipo de espacio aéreo.

b) VFR especial - SVFR:

Como hemos visto anteriormente los vuelos VFR, están prohibidos en el espacio aéreo controlado si la visibilidad es menor de 5 Km / 3 SM o con un techo menor de 1500 ft. Sin embargo una autorización especial puede ser entregada por la autoridad de un aeropuerto, para entrar o volar en un espacio controlado, esta autorización se conoce como VFR especial (SVFR), entonces las condiciones meteorológicas mínimas son definidas por la autoridad del aeropuerto, sin embargo la visibilidad nunca será inferior a 1500 m / 1 SM.

La autorización SVFR autoriza a volar en el espacio controlado con menos de 5 Km / 3 SM o con un techo inferior a 1500ft. Esto por lo general incluye una ruta especifica y la altitud para la separación con tráficos IFR.

Algo importante en una autorización de VFR especial, el piloto DEBE solicitar esta autorización si desea utilizar los mínimos visuales más bajos. El controlador no puede dar la autorización sin esta solicitud. La habilidad del controlador debe garantizar que esta solicitud se acomoda a los protocolos locales así como a la densidad del tráfico IFR en ese momento.

c) Niveles mínimos y máximos:

Los vuelos VFR deben ser realizados:
- Al menos 1000ft ASFC (por encima del suelo) o sobre cualquier obstáculo dentro de 600 m, sobrevolando ciudades.
- Al menos 500 ft ASFC o por sobre cualquier obstáculo en otros casos.
- En el espacio inferior (por ejemplo por debajo de FL200 en Francia, póngase en contacto con su división para más información adicional sobre su país).


d) Altitud de crucero y niveles VFR:

Por lo que se refiere a la norma general, en los vuelos VFR se emplean altitudes por debajo de la altitud de transición y niveles acabados en 5 sobre el nivel de transición según el sistema de crucero semicircular (Ver también L5 Altimetría):

Rumbos entre 000° y 179° Rumbos entre 180° y 359°
NIVELES IMPARES + 5 NIVELES PARES + 5

FL 35 o 3,500 ft

FL 55 o 5,500 ft

FL 75 o 7,500 ft

FL 95 o 9,500 ft

FL 115 o 11,500 ft

FL 135 o 13,500 ft

FL 155 o 15,500 ft

FL 175 o 17,500 ft

FL 195

FL 215

FL 235

...

FL 25 o 2,500 ft

FL 45 o 4,500 ft

FL 65 o 6,500 ft

FL 85 o 8,500 ft

FL 105 o 10,500 ft

FL 125 o 12,500 ft

FL 145 o 14,500 ft

FL 165 o 16,500 ft

FL 185

FL 205

FL 225

...

Nota: Chequee la normativa de cada país acerca de la máximas altitudes VFR. Por ejemplo, en Norte América y Sudamérica los vuelos VFR deben mantenerse fuera del espacio aéreo de clase A, que empieza en FL180.

e) Restricción de velocidad:

La velocidad indicada está limitada a 250 KIAS por debajo de 10000ft AMSL o FL100. Sin embargo, de solicitarlo y ser aprobadas por el ATC, pueden aceptarse velocidades más altas. La excepción son para los aviones militares para lo cual esta restricción no es operativa (los cazas tienen velocidades normales de 350 KIAS en vuelos VFR y entre 400 y 550 KIAS en niveles de vuelo).

f) VFR en esacio aéreo controlado:

No están permitidos los vuelos VFR en el espacio aéreo clase A.
Para entrar y volar en espacios controlados de clase B-C-D el piloto necesita:
- Tener un transpondedor activo.
- Establecer contacto de radio con el ATC (sea mediante Teamspeak o modo texto)
- Estar autorizado por el ATC y seguir la autorización.

En otras palabras:
- En espacio aéreo clase A no están permitidos los vuelos VFR.
- En los espacios clases B-C-D, los vuelos VFR requieren un contacto de radio y una autorización del ATC.
- En espacio E-F-G, al ser espacios sin control, los vuelos VFR no necesitan ninguna autorización ni contacto con ningún ATC.
- Volando en VFR en un aeropuerto controlado, dicho vuelo se considera vuelo controlado, necesitara entonces contacto de radio y autorización.

g) Plan de vuelo:

Se requiere un Plan de Vuelo solo cuando:
- Es un vuelo sobre el mar o en regiones inhóspitas.
- Volando de noche.
- Si se cruza una frontera.
- Al entrar o volar en un espacio aéreo controlado.
En otros casos no es obligado hacer un Plan de Vuelo, pero se recomienda hacerlo.
Ver L1-VFR-FP.

Nota: El vuelo VFR en IVAO requiere de un plan de vuelo con la información mínima. Ver L1-VFR-FP.


Plan de vuelo simplificado: cuando vuela VFR, puede ser solicitado rellenar un plan de vuelo para ayudar al ATC a controlar su avión. En ese caso, rellene un plan de vuelo simplificado (con VFR marcado) de esta manera :

- Tipo de avión.

- Aeropuerto de salida.

- Aeropuerto de llegada.

- Nombre, apellido y base.

El resto de los campos, dejarlos en blanco.

Esto es bastance fácil de hacer. No lleva más de 30 segundos y es bastante útil para los controladores.

h) Cambio de VFR a IFR:

El piloto debe informar al ATC, cambiar su plan de vuelo en SB y pedir autorización para continuar el vuelo como IFR.

i) ¿Quién vuela VFR? :

La mayoría de las veces, los vuelos generales ( con C182, PA28, DR40, y aviones ligeros) se realizan bajo reglas de VFR. Estos vuelos normalmente se realizan en una altitud baja (debajo de 5000ft AGL). Los militares en entrenamiento también vuelan en VFR (o un equivalente militar con reglas especíificas).

 

2 - IFR - Instruments Flight Rules (Reglas de Vuelo Instrumental):

a) Condiciones Meteorológicas por Instrumentos - IMC (también llamadas condiciones IFR):

Cualquier condición meteorológica por debajo de los mínimos especificados en el apartado 1-a, esta considerada como IMC. Los vuelos VFR están prohibidos en condiciones IMC. En condiciones de IMC los pilotos deben volar en IFR.

Nota: Los vuelos IFR pueden ser operados también en condiciones VMC. 

b) Nivel mínimo:

Los vuelos IFR deben ser realizados:
- Al menos 1000ft (2000ft en áreas de montaña) encima del obstáculo más alto en un radio de 8 Km.
- Nunca por debajo de la altitud mínima o nivel indicado para la navegación en los mapas o cartas de aproximación.

c) Altitudes y niveles de vuelo IFR:

Por lo general los vuelos en IFR, utilizan altitudes por debajo de la altitud de transición y niveles acabados en 0 por encima del nivel de transición, según el sistema semicircular de crucero (ver L5-Altimetría):

 

Rumbos entre 000° y 179° Rumbos entre 180° y 359°
NIVELES IMPARES NIVELES PARES

FL 30 o 3,000 ft

FL 50 o 5,000 ft

FL 70 o 7,000 ft

FL 90 o 9,000 ft

FL 110 o 11,000 ft

FL 130 o 13,000 ft

FL 150 o 15,000 ft

FL 170 o 17,000 ft

FL 190

FL 210

FL 230

FL 250

FL 270

FL 290

--------------------------------

FL 330

FL 370

FL 410

...

FL 40 o 4,000 ft 

FL 60 o 6,000 ft

FL 80 o 8,000 ft

FL 100 o 10,000 ft

FL 120 o 12,000 ft

FL 140 o 14,000 ft

FL 160 o 16,000 ft

FL 180 o 18,000 ft

FL 200

FL 220

FL 240

FL 260

FL 280

--------------------------------

FL 310

FL 350

FL 390

...

Ver también L7-RVSM-MNPS

d) Restricción de velocidad:

La velocidad indicada está limitada a 250 KIAS por debajo de los 10000ft AMSL o FL100. Sin embargo de ser solicitadas y aprobadas por el ATC, pueden ser más altas. Las excepciones son para los cazas militares, cuya velocidad común es de 300 KIAS.

e) IFR en espacio aéreo controlado:

Para entrar y volar en un espacio controlado (clases A-B-C-D-E), el piloto debe:
- Tener un transpondedor activo.
- Establecer contacto de radio con el ATC correspondiente, ya sea por RW o modo texto.
- Ser autorizado por el ATC y seguir dicha autorización.

En otras palabras :
- En los espacios aéreos clases A-B-C-D-E, los vuelos IFR están controlados y requieren de contacto radio y autorización.
- En los espacios clases F-G, los vuelos IFR son vuelos no controlados. No necesitan ninguna autorización, sin embargo el contacto radio es obligatorio.


f) Salidas/llegadas IFR :

En las salidas en IFR, se deberá de seguir con los procedimientos publicados en las SIDs (salidas instrumentales estándar), o los DPs (procedimientos de salida), o cualquier otro procedimiento autorizado por el ATC. Una autorización de salida en IFR debe incluir:
- Una SID o punto de notificación, una altitud o FL, un código squawk y la frecuencia de salida.
- Un rumbo y una altitud o FL después de la salida, un código squawk y la frecuencia de salida. 


En las llegadas en IFR, se deberán seguir los procedimientos publicados el las STARs (Llegadas a aéreas terminales Estándar) y procedimiento de aproximación por instrumentos, a no ser que este autorizado por el ATC a seguir otros procedimientos o este autorizado para una aproximación visual.
En las llegadas IFR, puede ser autorizadas para una aproximación en visual si el piloto tiene el aeropuerto a la vista. Así no es obligado cumplir con la aproximación instrumental y puede proceder visualmente para el aterrizaje.


g) Plan de vuelo:

Para vuelos IFR es obligatorio confeccionar un plan de vuelo. Ver L1-IFR-FP.

h) Cambio de IFR a VFR:

Sólo se puede hacer si se está en condiciones VMC y no está en espacio aéreo clase A.

El piloto debe informar de ello al ATC diciéndole que CANCELA IFR, modifica su plan de vuelo y lo reenvía.


i) ¿Quién vuela IFR?:

Todos los aviones comerciales (aviones de negocios, de pasajeros...) y la mayor parte de los vuelos de transporte militar vuelan en IFR.
Los cazas militares también pueden volar en IFR. Sin embargo para entrenamiento, repostaje en vuelo, etc, se rigen por reglas especificas.



1 - Vuelos IFR:


Un vuelo IFR (Instruments Flight Rules, Reglas de Vuelo Instrumental) es aquél hecho bajo IMC (Instruments Meteorological Conditions, Condiciones Meteorológicas Instrumentales) o cuando los vuelos VFR están prohibidos (espacio aéreo clase A, en espacio aéreo superior...).

El piloto de un vuelo IFR es responsable de manejar el avión pero siguiendo instrucciones de controlador. Éstos son responsables de la separación de los tráficos, utilizando autorizaciones de diferente tipo para conseguirlo. Sin embargo, el piloto es responsable de ver y evitar otros tráficos cuando el vuelo se encuentra en condiciones meteorológicas visuales, incluso si se trata de un plan de vuelo IFR.

Los vuelos comerciales son IFR, utilizando rutas preestablecidas y procedimientos como las SID (o DP) y las STAR.

Ver L1-VFR-IFR para más detalles sobre IFR.

 

2 - EL PLAN DE VUELO:

El siguiente ejemplo muestra un plan de vuelo de la Vuelta al Mundo:


TCAS, lista desplegable, Suffix: Elegimos el tipo de avión en la lista desplegable en SB 2.3.4 (esto no se puede hacer en versiones anteriores). Puede marcar la casilla TCAS (Tee-CAS - Traffic Alerting And Collision Avoidance System) para indicar que lo usará, ya que prácticamente todos los aviones de líneas aéreas lo tienen. Esto añadirá una T/ como prefijo en el tipo de avión. Otros prefijos son :

H/ - Aeronave pesada (peso > 136t). La palabra "heavy" se nombra en el indicativo (en este caso, sería "F-CYMLR heavy").
B/ - Aeronave pesada con TCAS.

También existen unos sufijo tales como :

/F = aeronave equipada con FMS o FMC (Flight Management System or Computer). Es el sufijo más comunmente utilizado en FS (incluso con paneles sin FMS, SB incluye uno que puede ser usado de todas formas).

/G = Global Positioning System (GPS)/Global Navigation Satellite System(GNSS) Se indica si se va a utilizar el GPS en el vuelo.

/U = transpondedor con codificación de altura. Se utiliza con paneles que no tienen equipo DME.


Puede encontrar otros sufijos en Manual SB.

Tipo de vuelo: Como va a ser un vuelo IFR, marcar éste. SVFR significa Special VFR - tipo de vuelo utilizado en CTR (aquí CTR significa Área de Control, no Centro) en malas condiciones meteorológicas.

Aircraft Identification: Es la identificación de la aeronave, que en este caso es una identificación de una VA (F-CY es la VA y las tres letras siguientes son las iniciales del piloto). Podría ser también AFR6624, BA248R, FAF7300... o un un número de registro como N200P, G-ABDF, HB-FDE... Esta identificación se introduce en la conexión a la red desde IvAp (no en este Menú).

Aircraft Type: El tipo de aeronave ya se ha introducido antes (desde la lista desplegable). Aquí se muestra el código de 3 o 4 dígitos. Será lo que el ATC verá en la ficha del plan de vuelo, incluyendo el prefijo y el sufijo. En este caso, el A330 está equipado con TCAS y FMS.

TAS (True Airspeed, Velocidad Verdadera): Esta es la velocidad verdadera que se planea mantener durante el vuelo. Para ver detalles sobre velocidades, ver L5-Velocidades.

Departure point: El punto de salida es el código ICAO de cuatro dígitos del aeropuerto de salida. Para ver los códigos, visite la base de datos de IVAO y para más detalles, ver L5-Identificadores.

Departure time, Estimated and Actual: Estas son las horas estimadas y reales de salida, en UTC (Universal Coordinated Time). En hora estimada se pone la hora en que se hace el plan de vuelo y en hora real, a la que se despega (ésta última se puede introducir una vez en el aire).

Altitude: Altitud. Los vuelos IFR normalmente utilizan niveles de vuelo (FL). Sin embargo, en trayectos cortos, el avión puede permanecer por debajo de la altitud de transición. En este caso, se usanm altitudes, no FL. El nivel elegido en este caso es 350 (FL 350). Si se permanece por debajo de la altitud de transición, debería introducirse, por ejemplo, 6000, sin mencionar FL delante del número. Ver L5-Altimetría para detalles sobre la altitud de transición.

Routing: Ruta. Aquí es donde se introduce la ruta que se pretende seguir. En vuelos IFR, sew siguen aerovías, determinadas por ayudas o intersecciones. No hay necesidad de volver a introducir los aeropuertos de salida y llegada. BARSO, OKTET y FLORA son interseccionesare. TDP, PAS, EPL, DIK y LNO son VOR o VOR/DME.

Nota : en esta ruta, se supone que se utiliza la SID OKTET 7E o 7M SIDs. Sin embargo, se acuerdo con la pista en uso, podemos recibir instrucciones para utilizar otra SID. En relación al tráfico en la zona, se pueden producir cambios en el plan de vuelo. A veces, el controlador nos puede autorizar a continuar según el plan de vuelo (CAF = cleared as filed). En este caso, se utilizará la ruta del plan de vuelo y se ascenderá a la altitud planeada.

Destination: Destino. Código ICAO del aeropuerto de destino.

Time enroute: Tiempo en ruta. Duración estimada del vuelo.

Remarks: Comentarios. Aquí se pueden incluir comentarios útiles para el ATC. En este caso no hay ninguno. Se podría haber puesto que se tienen cartas abordo (o no)...

Si quiere que su avión no sea considerado como aprobado para operaciones RVSM, indique NO-RVSM en este campo. Si no se especifica lo contrario, el avión se considerará como aprobado para operaciones RVSM. Ver L7-RVSM-MNPS para más detalles.

Si se pierde, o no está seguro de cuál es su posición, puede pedir ayuda al ATC. Si no está muy ocupado, seguro que se la prestará.

Fuel on board: Combustible abordo. Aquí se indican las horas que puede volar con el combustible cargado abordo. En este momento, este dato no es relevante.

Alternate airport: Aeropuerto alternativo. En este campo se especifica el aeropuerto alternativo al que se dirigiría si no puede aterrizar en el de destino por cuestiones meteorológicas, por ejemplo.

En el resto de campos anotará su nombre y apellido/s, aeropuerto en que está su base y número de pasajeros virtuales abordo.


Archivo creado en base al que proporcionó Mike Kara (CA-DIR).
Gracias Mike.


1 - VUELOS VFR:

Un vuelo VFR (reglas de vuelo visual) es un vuelo conducido bajo VMC (condiciones meteorológicas visuales), es decir, con buen tiempo. Generalmente con visibilidad de 3 SM (millas de distancia) y limpio de nubes.

El piloto de un vuelo VFR es responsable de su propia separación de otro tráfico, y de los obstáculos de tierra, usando el más viejo truco del manual: ¡Ver y ser visto!

Puesto que la mayoría de los vuelos VFR se conducen en espacio aéreo de clase G (incontrolado), los pilotos estarán constantemente con la mirada hacia fuera para visualizar otros tráficos, y con la radio difundirán informes de su posición para alertar a otros tráficos de su presencia y posición.

Cuando estén en espacio aéreo controlado, los pilotos siguen siendo responsables de su separación de otros tráficos, pero estarán también alertas a instrucciones del ATC.


2 - EL PLAN DE VUELO:

Lo que sigue es un vuelo VFR en Cessna 172 del aeropuerto de los Cedros (CSS3) al aeropuerto de San-Jean (CYJN).


TCAS, Drop down list, Suffix (TCAS, Modelo de Avión y Sufijo): Aquí se detalla si nuestro avión posee un TCAS (sistema de alerta de proximidad y colisión). Este es un sistema que no suelen poseer los aviones pequeños, así que dejamos esta casilla en blanco si no lo tenemos instalado.
En el siguiente menú desplegable seleccionamos el tipo de avión con el que vamos a volar, si no aparece marcamos el que más se parezca a las características del modelo a volar.
Para rellenar la casilla "Suffix", vea el apartado L1-IFR-FP donde se detallan las características para marcarlo.


(Tipo de Vuelo): Puesto que es un vuelo VFR comprobamos que marcamos el botón de VFR.
SVFR es VFR especial - tipo de vuelo usado en CTRs (que está incluido aquí para el área, no para el centro de control) en bajas condiciones atmosféricas.

Aircraft Ident (Identificación del Avión): Está después nuestra identificación del avión, que en este caso son las letras de registro de la letra de Canada ("C") y 4 del avión. Comienza generalmente con los CF-xxx-xxx, C-Fxxx o C-Gxxx, donde está cualquier combinación XXX de 3 letras (solamente). Se rellena la identificación primero al conectar con la red en SB (no en este menú).

Aircraft Type (Tipo de Avión): El tipo de avión se ha rellenado ya arriba (en el menú desplegable), y el campo se incluye para mostrarle el código de 3 o 4 letras de su avión, al ATC que lo verá en su pantalla.

True Airspeed: TAS (Velocidad Verdadera): Está después el TAS o el campo de la velocidad aérea verdadera. Ésta es la velocidad verdadera que usted piensa mantener durante el vuelo. Vea los detalles sobre velocidades en L5-Velocidades.

Departure Point: (Punto de la salida): El punto de salida es un código ICAO de 4 letras del nombre del aeropuerto. Para saber si hay aeropuertos canadienses, compruebe la página de la información de Aeropuertos del menú, y para ver los códigos del mundo mire la base de datos de IVAO.
Vea L5-Identificación para los detalles.

Departure time, Estimated and Actual (Hora de salida, estimada y actual): Éstas son sus horas de salida, estimada y real, en horario UTC (tiempo coordinado universal). Estos datos no son especialmente necesarios.

Altitude (Altitud): Para los vuelos por debajo de 2000 pies usted puede rellenar lo que desee mientras usted mantenga la separación de 1000 pies de tierra y de los obstáculos en ruta. Para los vuelos sobre 2000 pies, consulte la tabla del final del artículo para determinar su altitud. Vea también L5-Altimetría.
Nota: Observe que los vuelos VFR no están permitidos en espacio aéreo de la clase A, sobre 18000 pies. (en Canadá); para información adicional sobre su país, por favor entre en contacto con su división TC o DIR).

Routing (Ruta a seguir): Aquí es donde usted reflejará su ruta real de vuelo. En vuelos de VFR usted vuela directo, a partir de un aeropuerto a otro. Si usted está en espacio aéreo incontrolado, ésta es la ruta que usted seguirá desde su salida a su destino. Si usted piensa aterrizar o pasar sobre varios aeropuertos a lo largo de su vuelo, usted indicará esto en la ruta descrita, ejemplo: CSS3 CYHU CYJN. Esto indica que usted está parando en CYHU (Santo-Hubert) o vuela justo sobre el aeropuerto y está continuando a CYJN.

Destination (Destino): A continuación del apartado de la ruta a seguir, introduzca en la casilla "Destination",el código ICAO de 4 letras del aeropuerto de destino. Aunque fue inscrita en la sección de ruta al final, usted también tiene que incluirla aquí. En la sección de ruta usted detalló que es vuelo directo a partir de un aeropuerto a otro.

Time en Route (Tiempo de vuelo): Éste será el tiempo total de su vuelo, desde el despegue, al aterrizaje en el aeropuerto de destino, incluyendo cualquier parada que usted haga en su ruta. Si usted decide parar en CYHU por 30 minutos para tomar pasajeros, usted deberá incluir éstos 30 minutos en el tiempo de ruta. En este caso, en vez de 30 minutos, será 1 hora.

Remarks (Observaciones): Aquí usted incluirá cualquier observación que usted crea que es importante para informar al ATC. En este caso el piloto indicó que tiene cartas VFR a bordo. El ATC sabrá que usted puede navegar por la zona por si mismo.

Si usted se pierde, o está inseguro de su posición, usted puede y debe siempre, pedir ayuda al ATC, y si no está demasiado ocupado, le ayudará de inmediato

Fuel on Board (Combustible a bordo): Aquí indique las horas totales que puede volar con el combustible que tiene a bordo de su avión. Este apartado no es demasiado importante.

Alternate Airport (Aeropuerto alternativo): En vuelos VFR no se exige que usted designe un aeropuerto alternativo de llegada. Sin embargo, usted puede mencionarlo si lo desea.

En las secciones siguientes usted rellenará su nombre y apellido, el aeropuerto base de su avión, y el número del pasaje virtual embarcado, incluyéndose usted.

3 - ALTITUD DE CRUCERO Y TABLA DE NIVELES DE VUELO:


Altitudes o niveles de vuelo Rumbo del avión
000° - 179° 180° - 359°
Por debajo de 18000 pies ASL: vuele en intervalos de 2000 pies. (Vuelos correspondientes a los Niveles de Vuelo de cada zona, con la presión estándar) IFR y CVFR IFR and CVFR
Altitudes Impares ASL (1000, 3000, 5000 pies etc...) Altitudes Pares ASL (2000, 4000, 6000,pies etc...)
VFR VFR
Altitudes Impares, más 500 pies ASL (3500, 5500, 7500 etc...) Altitudes Pares, mas 500 pies ASL (4500, 6500, 8500, etc...)


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